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PAGO DE IMPUESTOS CON TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO…..QUIÉNES ESTAN AUTORIZADOS?




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e conformidad al séptimo párrafo del artículo 20 del Código Fiscal de la Federación (CFF), se aceptarán como medio de pago de las contribuciones y aprovechamientos, a los cheques del mismo banco en que se efectúe el pago, la transferencia electrónica de fondos, así como las tarjetas de crédito y débito, de conformidad con las reglas de carácter general que expida el SAT.

Para estos efectos, en la regla 2.1.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 (RMF 2015), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de Diciembre de 2014, se estableció que las instituciones de crédito autorizadas como auxiliares por la Tesorería de la Federación (TESOFE) que cuenten con la infraestructura y servicios, podrán recibir el pago de impuestos federales, DPA's y sus accesorios a cargo de las personas físicas con tarjetas de crédito o débito emitidas por las instituciones del sistema financiero, hasta por el monto que el SAT dé a conocer en su página de Internet.


Para ello, las instituciones de crédito autorizadas deberán presentar un aviso en los términos de la ficha de trámite 153/CFF denominada “Aviso para ofrecer como medio de pago de las contribuciones federales o de DPA´s y accesorios, las tarjetas de crédito o débito”, la cual se encuentra contenida en el Anexo 1-A de la citada RMF 2015.


Los contribuyentes que opten por hacer el pago de contribuciones mediante tarjeta de crédito o débito, realizarán el pago correspondiente ante las instituciones de crédito autorizadas y conforme a las modalidades que se publiquen en la página de Internet del SAT.


De esta forma, en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) se encuentra disponible la lista de las instituciones de crédito que hasta la fecha se encuentran autorizadas para ofrecer como medio de pago de las contribuciones federales y accesorios las tarjetas de crédito o débito que emitan, siendo estas las siguientes:































Institución de crédito autorizada Tipo de tarjeta que acepta Modalidades de pagos electrónicos que se pueden efectuar:
Banco Inbursa, S.A. ·    Crédito ·    Provisionales y definitivos.

·    Derechos, productos y aprovechamientos.

·    Del ejercicio 2012 y anteriores con Hoja de Ayuda.

·    Regularización del ISR 2011 con línea de captura.

·    Excedente de franquicia (Pasajeros).

·    Créditos fiscales con línea de captura.

·    Del ejercicio 2014-2013 de personas físicas con línea de captura

Por ventanilla bancaria.
Banco Nacional de México, S.A.  

·    Crédito

·    Débito
·    Provisionales y definitivos.

·    Derechos, productos y aprovechamientos.

·    Del ejercicio 2012 y anteriores con Hoja de Ayuda.

·    Regularización del ISR 2011 con línea de captura.

·    Excedente de franquicia (Pasajeros).

·    Créditos fiscales con línea de captura

·    Del ejercicio 2014-2013 de personas físicas con línea de captura

Vía Internet y por ventanilla bancaria.
Banco Mercantil del Norte, S.A. ·    Crédito ·    Provisionales y definitivos.

·    Del ejercicio 2012 y anteriores con Hoja de Ayuda.

·    Regularización del ISR 2011 con línea de captura.

·    Excedente de franquicia (Pasajeros).

·    Créditos fiscales con línea de captura

·    Del ejercicio 2014-2013 de personas físicas con línea de captura

Vía Internet y por ventanilla bancaria.
BBVA Bancomer, S.A. ·    Crédito

·    Débito
·    Del ejercicio 2012 y anteriores con Hoja de Ayuda.

Vía internet y por ventanilla bancaria.

 Los pagos que se efectúen mediante tarjetas de crédito o débito se entenderán realizados en la fecha en que éstos se reciban en la institución de crédito autorizada.


Tratándose de pagos realizados con tarjeta de crédito y débito, los ingresos se entenderán recaudados en el momento en que la institución de crédito autorizada libere los recursos a favor de la TESOFE.


El pago se puede hacer a través de internet, en el portal del banco o incluso en las ventanillas de las sucursales.


El pago con tarjeta de crédito está limitado al crédito que tenga cada contribuyente con la institución bancaria.


Al respecto, es necesario precisar que esta opción de pago es sólo aplicable a personas físicas y para cubrir el pago de las declaraciones que en el caso se contemplan.

Post date: 2015-04-16 08:00:36
Post date GMT: 2015-04-16 13:00:36

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