CUALES SON LOS BENEFICIOS DE ESTABLECERSE EN UNA ZONA ECONOMICA ESPECIAL

0
6380

[dropcap custom_class=»normal»] P [/dropcap]

ara incentivar a la iniciativa privada, sea nacional o extranjera, a participar como inversionista en las Zonas Económicas Especiales (ZEE), en la Ley que las regula se establecen diversos beneficios, tanto fiscales, como administrativos y financieros, los cuales sin duda hace atractivo el establecerse en tales zonas.

Las personas que realicen las actividades económicas productivas en las citadas ZEE tendrán una diversidad de beneficios y estímulos, entre ellos los siguientes:

1.- Beneficios fiscales en materia de contribuciones.

Los beneficios serán temporales (no menores a 8 años) y, en su caso, el monto de la desgravación o descuentos de las contribuciones se otorgarán de manera decreciente en el tiempo.

En materia del impuesto al valor agregado (IVA) los beneficios fiscales tendrán como propósito desgravar los bienes que se introduzcan a las ZEE, así como los servicios que se aprovechen en las mismas, cuando esas actividades se lleven a cabo por empresas residentes en México, actividades que estarán afectas a la tasa de 0%.

Cuando los bienes que se introduzcan a las ZEE provengan del extranjero no deberán estar afectos al IVA. Tratándose de extracción de bienes de las Zonas para introducirse al resto del país, dicha introducción estará afecta a la tasa general de pago. Si se extraen los bienes y se destinan al extranjero, tal operación no tendrá efecto alguno en el IVA.

Tratándose de las actividades que se realicen al interior de las ZEE no se considerarán afectas al pago del IVA y las empresas que las realicen no se considerarán contribuyentes de dicho impuesto, por lo que hace a dichas actividades.

En materia del impuesto sobre la renta (ISR), los beneficios fiscales deberán promover la inversión productiva, la formación de capital humano y la capacitación de los trabajadores, de forma que se impulse la generación de empleo de alto valor agregado y la elevación de las remuneraciones de los trabajadores empleados en las ZEE.

2.- Beneficios en materia de comercio exterior.

El Ejecutivo Federal creará un régimen aduanero de las ZEE, que regule la introducción y extracción de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, y establezca facilidades, requisitos y controles para la introducción y extracción de mercancías y realización de las actividades al interior de las ZEE.

El régimen estará sujeto a lo previsto en la Ley Aduanera y buscará impulsar el desarrollo, operación y funcionamiento de las ZEE. Para tal efecto se considerarán las mejores prácticas internacionales y la realidad nacional, tales como procedimientos expeditos para destinar mercancías al régimen aduanero, que los impuestos al comercio exterior se paguen al extraer las mercancías de la ZEE, y se pueda optar por la menor incidencia arancelaria en función de la cuota aplicable a los insumos o a las mercancías después de haberse sometido a procesos de elaboración, transformación o reparación al interior de la ZEE, según corresponda.

El Ejecutivo Federal establecerá a través del Decreto de Declaratoria de la ZEE, las condiciones específicas aplicables a los regímenes de introducción y salida de mercancías de la Zona, debiendo asegurarse que las normas, trámites, procedimientos y formalidades aduanales correspondientes, se apliquen de conformidad con las disposiciones aduaneras, los instrumentos internacionales y las mejores prácticas en la materia.

3.- Incentivos y apoyos que propicien la generación de capital y empleos, el desarrollo de la infraestructura económica y social, y la productividad y competitividad de las ZEE.

4.- Una Ventanilla Única para simplificar y agilizar los trámites necesarios para construir, desarrollar, operar y administrar la ZEE, realizar actividades económicas productivas en la misma, o instalar y operar empresas en el Área de Influencia.

En relación a los beneficios fiscales, a la fecha no se han dado a conocer de manera oficial mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación, más sin embargo, el Secretario de Hacienda ha dado a conocer que las empresas y personas físicas con actividad empresarial que inviertan en las ZEE tendrán descuentos en el pago del ISR de 100% en los primeros 10 años y de 50% en los siguientes 5 años.

Asimismo, contarán con un régimen aduanero específico que incluye reducciones en las cuotas de derechos y exención de impuestos al comercio exterior por la introducción de mercancías en las ZEE.

También podrán acceder a créditos fiscales por las cuotas patronales del componente de salud del Instituto Mexicano del Seguro Social, de 50% en los primeros 10 años y 25% en los siguientes 5 años.

De manera complementaria, los gobiernos locales contribuirán con estímulos en materia del Impuesto Predial, Impuesto Sobre Nómina, traslado de dominio, adquisición de bienes inmuebles, hospedaje y compras de gobierno.

       

Dejar respuesta

Por favor haz tu comentario
Por favor pon tu nombre aqui