Una de las vías por las cuales es posible implementar una estrategia de tipo fiscal en la empresa con la finalidad de optimizar la carga tributaria de la misma es aprovechando los beneficios explícitos de las disposiciones fiscales. Dichos beneficios son aquellos que se encuentran contenidos en el texto mismo de las leyes, tales como exenciones, estímulos fiscales y regímenes fiscales alternativos.
Mucho se ha hablado del efecto que en la recaudación tributaria ocasiona en nuestro país la gran cantidad de exenciones y tratos preferenciales que se contempla en nuestra legislación e incluso se han efectuado estudios comparativos con lo que se contempla en las legislaciones de otros países del mundo, concluyendo de tal situación que México es uno de los países cuya legislación fiscal contempla la mayor cantidad de éste tipo de tratamientos, los cuales se encuentran presentes en prácticamente todas las leyes fiscales de nuestro país.
Debemos recordar que en México los ingresos tributarios provienen principalmente del Impuesto Sobre la Renta (ISR), IVA e impuestos especiales tales como el de producción y servicios (IEPS), y en todos y cada uno de los ordenamientos legales que regulan a éstos impuestos se establecen tratos especiales o exenciones a ciertos contribuyentes.
El monto total estimado de éstos tratos especiales para el año 2017 asciende a 669,173 millones de pesos lo cual equivale al 3.27% del PIB, según la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). En el ISR es en donde se encuentra el monto mayor que se deja de recaudar por los tratos preferenciales establecidos en la ley respectiva, ya que su monto se estima en 306,768 millones de pesos, es decir, el 45.84% del total que se deja de recaudar por los tratos especiales se encuentra en éste impuesto.
Es en las deducciones y en el pago del subsidio al empleo donde se encuentra la mayor parte de lo que se deja de recaudar en el caso de las disposiciones fiscales aplicables a las personas morales y es que ésto representa aproximadamente 62,789 millones de pesos del total de los 104,486 millones de pesos que se dejan de recaudar por las facilidades y exenciones establecidas en las disposiciones fiscales aplicables a personas morales.
En lo que se refiere a los tratos especiales que se contemplan en la Ley del ISR para las personas físicas, estas representan aproximadamente 202,282 millones de pesos, es decir, estas representan el 30.2% del total de los 669,173 millones de pesos en que se estima la cantidad que se deja de recaudar por las exenciones y tratos especiales.
Si comparamos esa cifra de 669,173 millones de pesos contra lo que se estima recaudar por concepto de impuestos para el año 2017, la cual es de 2,739,366.8 millones de pesos, quizá podríamos dimensionar mejor la situación al notar que los tratos preferenciales y exenciones en las disposiciones fiscales representan el 24.42% del total a recaudar, lo cual nos muestra de manera fehaciente la gran cantidad de oportunidades que permiten las disposiciones fiscales para disminuir o eliminar la carga tributaria.
En efecto, en el contenido de nuestras disposiciones fiscales existen las opciones para optimizar la carga tributaria de los contribuyentes, mismas que se encuentran ahí para cualquiera que las conozca y las quiera aplicar en su beneficio.
Muchísimos contribuyentes aprovechan esta situación y ocasiona el que dentro del padrón de contribuyentes las grandes empresas que manejan cientos de millones de pesos no sean, en contra de la creencia popular, las que pagan la mayor cantidad de impuestos en nuestro país.
El implementar una estrategia de carácter fiscal que optimice los recursos financieros de la empresa es una necesidad y un derecho que tienen todos los contribuyentes, que no viola ninguna disposición legal si solo se aprovechan los beneficios que las mismas contemplan.
El costo de su implementación evidentemente que es mínimo en comparación a los beneficios a obtener, por lo que lo invitamos a que nos acompañe en éste espacio al análisis que haremos de tales disposiciones en siguientes entregas.