El contador público es un profesionista expuesto a un alto riesgo de ser usado para lavar dinero, sea de manera consciente o inconsciente; es decir, sea que el contador esté de acuerdo en colaborar en implementar lo necesario para lavar recursos procedentes de actividades ilícitas, o bien, que lo haga sin saberlo al prestar servicios a un cliente.
Lo anterior debido a que la preparación académica del contador, así como su desarrollo profesional ligado íntimamente al mundo empresarial en general, le permite conocer no sólo el marco legal aplicable a un ente jurídico en nuestro país, sino que tiene el conocimiento para organizar o estructurar diversos tipos de figuras jurídicas, con lo cual se vuelve la persona idónea para apoyar o auxiliar a una persona que tiene recursos procedentes de actividades ilícitas en su tarea de blanquear tales recursos, es decir, de darle apariencia de legitimidad a los mismos.
Por lo que entonces el riesgo de que un contador se vea envuelto en situaciones de lavado de dinero es muy alto, ya que aunado al hecho de que puede prestar servicios considerados como vulnerables por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado), y por lo mismo, ser usado para lavar dinero sin que él lo sepa, pues está el hecho ya comentado de que puede participar de manera consciente en tales operaciones ya que tiene los conocimientos necesarios para armar la estructura corporativa-financiera necesaria para tratar de ocultar el origen de recursos provenientes de un delito.
Por tal motivo todo contador debe ser consciente del riesgo inherente a la profesión que desempeña y por ello debe establecer controles, procedimientos y medidas a nivel interno para minimizar ese riesgo, pero todo ello partiendo de una medición del riesgo que haga inicialmente, ya que es obvio que aunque el riesgo le aplica a todos los contadores que desarrollen su actividad profesional de manera independiente, pues no será el mismo riesgo para todos los contadores, ya que el riesgo estará en función a una diversidad de factores, tales como el tipo de servicios que se prestan, el tipo de clientes que se tienen, el lugar donde se ubican, el lugar donde se desarrollan las actividades, los controles que tengamos establecidos, etc.
Entonces, una vez medido el riesgo a que de manera individual cada uno de nosotros como contadores estamos expuestos, hay que establecer los controles necesarios para reducir ese riesgo, quizá no para eliminarlo, ya que como se mencionó, el riesgo de ser usado para lavar dinero es un riesgo inherente a la profesión desempeñada de manera independiente, por lo que entonces nunca podrás eliminarlo, a menos claro que dejes de desempeñar tu profesión de manera independiente, pero si puedes reducirlo a través de los controles internos necesarios para ello, mismos que estarán en función al nivel de riesgo que hayas determinado al que estas expuesto.
Pero una vez implementados los controles internos para ello es necesario monitorear periódicamente nuestra actividad a fin de estar en posibilidades de fortalecer tales controles, si es que es necesario, o incluso, quizá para hacerlos más laxos, más flexibles, si es que el entorno lo permite, ya que no por el hecho de que ahorita ya implementamos medidas para reducir el riesgo eso signifique que se mantengan de manera estática, sino que es necesario que periódicamente revisemos el riesgo con el fin de ajustar las políticas que hayamos implementado y de esta manera evitemos ser usados para lavar recursos de procedencia ilícita.
De esta manera el contador público debe regular su actividad profesional bajo un enfoque basado en el riesgo de que pueda ser usado para lavar dinero, por lo que en el mes de Junio de 2019 el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) dio a conocer una guía dirigida a la profesión contable con la finalidad de orientarlos en la implementación de políticas y procedimientos relacionados a un enfoque basado en el riesgo de que puedan ser usados para lavar dinero.
En esta guía emitida por el GAFI se nos da a los contadores las pautas y sugerencias de cómo implementar un enfoque basado en el riesgo en nuestro despacho a fin de minimizar el riesgo de ser usado para lavar dinero, por lo que se indica los elementos a considerar por cada contador para medir el riesgo a que se encuentra sujeto y las medidas, procedimientos y controles básicos que se deben implementar para minimizarlo.
De todo eso, así como de toda la regulación que la Ley Antilavado y demás disposiciones aplicables establece para aquellos contadores que realizan actividades vulnerables lo analizamos y comentamos en EL CURSO
LA RESPONSABILIDAD Y PROTECCIÓN DEL ASESOR CONTABLE Y FISCAL ANTE EL LAVADO DE DINERO
Bajo el siguiente TEMARIO
I.- LA LEY ANTILAVADO Y SU ENTORNO
Qué es una actividad vulnerable
A quién aplica la Ley Antilavado
Actividades y Profesiones No Financieras Designadas
II.- SERVICIOS INDEPENDIENTES CONSIDERADOS ACTIVIDADES VULNERABLES
Los riesgos del contador y abogado
Qué servicios independientes proporcionados por el contador son actividades vulnerables
Criterios de la autoridad
III.- OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS CON ACTIVIDADES VULNERABLES
a) Alta en padrón
b) Baja del padrón
c) Identificar a clientes
d) Identificar a dueño beneficiario
e) Identificación del beneficiario
f) Manuales
g) Encargado de cumplimiento
h) Resguardo y custodia de información
IV.- AVISOS
Casos en que se tiene obligación de presentarlos
Forma de presentarlos
Aviso de 24 horas
Medidas simplificadas para su presentación
Modificación de avisos
Las alertas en los avisos
V.- PROHIBICIÓN AL USO DE EFECTIVO
Operaciones que no se pueden liquidar en efectivo
Obligación de identificar la forma de pago
La controversia del depósito bancario como alternativa
Criterio de la autoridad
VI.- INFRACCIONES Y DELITOS
Conductas que se consideran una infracción
Multas aplicables
Casos en que no se aplicarán multas
Conductas que se consideran un delito
Sanción en la comisión de delitos
VII.- ENFOQUE BASADO EN EL RIESGO DE LA PROFESION CONTABLE
Guía del GAFI
Vulnerabilidades en los servicios contables
Vulnerabilidades en servicios de creación de empresas
Vulnerabilidades en la gestión de empresas
Cómo identificar el riesgo
Elementos a considerar para medir el riesgo
Riesgos asociados al cliente
Riesgo asociado al lugar donde el cliente realiza operaciones
Riesgo asociado al servicio prestado por el contador
El riesgo por clientes que son Personas Expuestas Políticamente (PEP)
Elementos a considerar en la implementación de un Enfoque Basado en el Riesgo
Cómo mitigar el riesgo
EXPOSITOR: LD CP MI Victor Regalado Rodríguez
DURACIÓN: 10 horas
FECHA/MODALIDAD: El curso ya está disponible bajo demanda, por lo que puedes accesar al mismo en el momento que lo desees o necesites.
INVERSIÓN:
$ 1,200.00 (IVA incluido)
Para estos efectos deberás depositar o transferir la cantidad correspondiente, a la cuenta con los siguientes datos:
Cuenta No. 7003 1831 480 Suc. 0239
CLABE 0029 0570 0318 3148 07
Banco: BANAMEX
A nombre de Academia Mexicana de Investigación Tributaria, A.C.
Una vez efectuado el depósito o la transferencia deberás enviar un mail a la dirección vregalado@hotmail.com acompañando la ficha de depósito escaneada, o el número de autorización de operación bancaria al realizar la transferencia electrónica de fondos.
En el mismo mail por favor indica los datos de facturación respectivos. Haciéndote hincapié en la importancia de que te asegures de que los datos sean los correctos y se encuentren completos.
Después de que envíes el mail y sea confirmada la operación, se te enviará a tu correo electrónico los datos con el link donde podrás accesar el curso de manera inmediata.