Como parte de la reforma fiscal para 2022 se ha eliminado el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y se ha creado el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), como un régimen opcional para aquellas personas físicas que únicamente realizan las siguientes actividades:
1.- Actividades empresariales
2.- Actividades profesionales
3.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes
Siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $ 3’500,000.00.
En el siguiente video te explico cómo es que aunque el RIF desaparece de las disposiciones fiscales para el año 2022, los contribuyentes podrían seguir aplicando sus disposiciones, así como igual te explico la manera en que ha quedado regulado el RESICO y se abordan algunos de los elementos a considerar por el contribuyente para tomar una decisión en relación a optar por tributar en el nuevo régimen o permanecer en el régimen actual.
El link para ver el video es el siguiente: REFORMA A RIF Y RESICO.