This page was exported from Entorno Fiscal
[ https://www.entornofiscal.com ] Export date: Tue Feb 4 0:45:01 2025 / +0000 GMT |
EL BUZON IMSS SERÁ LA ÚNICA VÍA PARA PRESENTAR TRÁMITES ANTE EL IMSSEl día 7 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de herramientas digitales para trámites, mediante el cual de manera medular se elimina el carácter opcional al uso de medios de comunicación electrónicos para presentar promociones o solicitudes ante el IMSS. Aunque el decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, a partir del 8 de junio de 2024, sus disposiciones tendrán plena aplicación hasta que se publiquen los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS, así como las reglas de carácter general para su operación, lo cual deberá hacer el IMSS dentro de un plazo de 60 días a partir de la publicación comentada. De esta forma se adicionan al artículo 5-A de la Ley del Seguro Social (LSS) las fracciones XXIII y XXIV para incluir las definiciones de Buzón IMSS y de Personas Particulares, en los siguientes términos:
Asimismo, se reforma el artículo 286 L de la LSS para eliminar de su texto la referencia a que los particulares podían presentar sus promociones o solicitudes por escrito o a través de medios de comunicación electrónicos, magnéticos, digitales, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, para ahora señalar como único medio de presentación al Buzón IMSS. Relacionado con esto, se reforma y adiciona el artículo 286 M para establecer lo siguiente:
De acuerdo con esto, el IMSS usará el Buzón IMSS para notificar, emplazar, requerir, solicitar informes o documentación, emitir resoluciones, citar e informar sobre aspectos de interés a las personas particulares, por lo que estos deberán mantener actualizados sus medios de contacto, señalándose que si no se habilita el Buzón IMSS, se den datos erróneos o no se actualicen los medios de contacto, entonces el IMSS notificará por estrados. No obstante lo anterior, en el caso particular de patrones o sujetos obligados, el IMSS podrá notificar sus actos por medios distintos al Buzón IMSS, en los términos y formalidades establecidos en las disposiciones aplicables. CONCLUSIONES Es necesario estar atentos a la publicación de las reglas de carácter general para la operación del Buzón IMSS y de los trámites y servicios disponibles en dicho sistema de comunicación, ya que una vez publicados, este será el único medio por el cual el patrón y demás particulares podrán presentar promociones y solicitudes ante el IMSS, si es que en tales reglas no se señala otra cosa. Una vez que se emitan las reglas de carácter general, se tendrán por derogadas las disposiciones legales, administrativas y reglamentarias que se opongan a las contenidas en el Decreto que se comenta. |
Post date: 2024-06-09 20:30:36 Post date GMT: 2024-06-10 01:30:36 Post modified date: 2024-06-09 20:30:36 Post modified date GMT: 2024-06-10 01:30:36 |
Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |