Entorno Fiscal https://www.entornofiscal.com/2024/06/primera-resolucion-de-modificaciones-a-las-reglas-generales-de-comercio-exterior-2024/ Export date: Tue Feb 4 3:49:38 2025 / +0000 GMT |
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PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR 2024El 6 de junio de 2024 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024 y sus anexos 2, 5, 9, 17 y 22. A través de esta se reforman y adicionan diversas reglas y los anexos citados. Se adicionan las siguientes reglas: Las reglas 3.4.11, 3.4.12 y 3.4.13 para regular diversos aspectos del Decreto para promover la zona libre de Chetumal 2, en el Estado de Quintana Roo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024. El artículo Décimo Segundo Transitorio a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024 para establecer la facilidad para las empresas productivas del Estado y/o empresas productivas subsidiarias, de acreditar a más tardar el 31 de diciembre de 2024 3 que han cumplido con ciertos requisitos necesarios para obtener la autorización o prórroga de la misma, para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado, respecto de hidrocarburos, productos petrolíferos, incluso mezclados con otros componentes que no provengan del petróleo o gas natural. Se adiciona el criterio no vinculativo 2/LA/NV - Despacho de mercancías a través de Empresas de mensajería y paquetería registradas 4, al Anexo 5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024. Se modifican las reglas 4.6.10., fracción I; 4.6.23., fracción II, inciso b), numeral 1; 4.6.24., fracción II, inciso a), numeral 1, para establecer que quien promueva el tránsito internacional de mercancías deberá tramitar el pedimento correspondiente y determinar provisionalmente las contribuciones, aplicando la tasa máxima señalada en la TIGIE, y la que corresponda tratándose de las demás contribuciones que se causen, así como las cuotas compensatorias. Se modifican las siguientes fichas de trámite contenidas en el Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior: 6/LA - Solicitud de aumento o disminución de sector(es) en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos. 7/LA - Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o ambos o, en su caso, de un sector o sectores específicos de este último. 141/LA - Solicitud de inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial. 142/LA - Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial. Asimismo, se hacen adecuaciones a los siguientes anexos de las Reglas Generales de Comercio Exterior: Anexo 9 - Mercancías por las que no se está obligado al pago del IGI y equipo médico por cuya importación no se requiere inscripción en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
Anexo 17 - Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
Anexo 22 - Instructivo para el llenado del pedimento. Apéndice 2
Apéndice 8
Apéndice 15 Clave Descripción La Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior entró en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir, a partir del 7 de junio de 2024. |
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Post date: 2024-06-12 00:04:52 Post date GMT: 2024-06-12 05:04:52 Post modified date: 2024-06-11 20:25:22 Post modified date GMT: 2024-06-12 01:25:22 |
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