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PROTECCIÓN DE LA VIDA…..¿DESDE EL MOMENTO MISMO DE LA CONCEPCIÓN?En algunas constituciones locales, se establece que el ser humano tiene derecho a la protección de su vida desde el momento mismo de la concepción, lo cual implica que la madre encontraría limitado su derecho a interrumpir el embarazo ya que conforme a tales ordenamientos la protección jurídica de la vida nace desde el mismo momento en que es concebido el ser humano, por lo que es claro que el momento en que la mujer se entera de que está embarazada es en un momento posterior a tal situación. Esto limita el acceso a la debida protección de los derechos humanos de la mujer, a la autonomía reproductiva, a la vida, a la no discriminación, a la salud y a la integridad personal, pues disminuye, afecta o menoscaba esos derechos. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 106/2018 y su acumulada 107/2018, sostuvo que afirmar que la vida desde la concepción merece la misma protección que las mujeres y personas gestantes, tiene implicaciones constitucionalmente inaceptables, porque altera el significado cultural y social de los derechos y contribuye a la construcción de un imaginario social adverso para el ejercicio de los derechos de esa colectividad, ya que fomenta la creencia sobre la incorrección ética del aborto, aumentando el estigma surgido desde las nociones y concepciones estereotípicas y discriminatorias para quienes acuden a solicitar esos servicios de atención médica. En este sentido, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, emitió criterio decretando la inconstitucionalidad de la porción normativa que prevé: "desde el momento mismo de la concepción", en el primer párrafo del artículo 5º de la Constitución Política del Estado de Chihuahua. Dicho precepto establece lo siguiente en su primer párrafo:
De acuerdo con esta resolución, la vida en gestación tiene una dignidad particular que merece protección por parte del Estado, la que deberá incrementarse gradualmente sin afectar, limitar o lesionar injustificada o desproporcionalmente los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes. |
Post date: 2024-06-12 00:05:27 Post date GMT: 2024-06-12 05:05:27 Post modified date: 2024-06-11 20:33:31 Post modified date GMT: 2024-06-12 01:33:31 |
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