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REGLAS EN COMERCIO EXTERIOR PARA REGULAR DIVERSOS ASPECTOS DEL DECRETO PARA PROMOVER LA ZONA LIBRE DE CHETUMAL




Con fecha 6 de junio de 2024 se publica la Primera Resolución de Modificaciones a Reglas Generales de Comercio Exterior 2024 (RG COMEXT), donde se adicionaron las reglas 3.4.11, 3.4.12 y 3.4.13 para regular diversos aspectos del Decreto para promover la zona libre de Chetumal, en el Estado de Quintana Roo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024.


DESPACHO ADUANERO DE MERCANCÍAS IMPORTADAS BAJO EL DECRETO PARA PROMOVER LA ZONA LIBRE DE CHETUMAL


Uno de los beneficios del Decreto para promover la zona libre de Chetumal, en el Estado de Quintana Roo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024, lo constituye la desgravación en la importación de mercancías efectuada por los locatarios del Tianguis del Bienestar, y así en la regla 3.4.11. que se adiciona a la RG COMEXT se establece que la importación definitiva de las mercancías a la zona libre de Chetumal que efectúen los Locatarios del Tianguis del Bienestar, deberá realizarse por la aduana de Subteniente López, declarando en el pedimento las claves e identificador que correspondan, así como la clave del destino de la mercancía que corresponda.


PAGO DE CONTRIBUCIONES POR MERCANCÍAS DISTINTAS AL EQUIPAJE DE PASAJEROS QUE SE INTRODUCEN AL RESTO DEL PAÍS


El citado Decreto para promover la zona libre de Chetumal, en el Estado de Quintana Roo, otorga un estímulo fiscal consistente en un crédito equivalente al 100% del impuesto general de importación que se tenga que pagar por las mercancías extranjeras distintas de las que integran el equipaje de los pasajeros con valor hasta de 2,500 USD (dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional o extranjera, que hayan sido importadas definitivamente al municipio de Othón P., Blanco, Quintana Roo y que posteriormente se extraigan del mismo con destino al resto del territorio nacional, siempre que los pasajeros lleven consigo dichas mercancías.


Mediante la regla 3.4.13 que se adiciona a las RG COMEXT se precisa que por las mercancías cuyo valor exceda de 2,500 (dos mil quinientos) dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional o extranjera, podrán pagar las contribuciones respectivas en la aduana de Subteniente López, causadas por su introducción al resto del territorio nacional.


PAGO DE CONTRIBUCIONES POR MERCANCÍAS DISTINTAS AL EQUIPAJE DE PASAJEROS QUE SE INTRODUCEN AL RESTO DEL PAÍS AL AMPARO DEL DECRETO DE 2020


El 31 de diciembre de 2020 se publicó en el DOF el Decreto de la zona libre de Chetumal, por medio del cual se otorgó un estímulo fiscal consistente en un crédito equivalente al 100% del impuesto general de importación que se tenga que pagar por las mercancías extranjeras distintas de las que integran el equipaje de los pasajeros con valor hasta de 1,000 USD (mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional o extranjera, que hayan sido importadas definitivamente en la Región Fronteriza de Chetumal y que posteriormente se extraigan de la misma con destino al resto del territorio nacional, siempre que los pasajeros lleven consigo dichas mercancías.


Cuando los integrantes de una misma familia ingresen al resto del territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte, podrán aplicar este estímulo fiscal por cada integrante, siempre y cuando en su conjunto el valor de las mercancías no exceda del equivalente en moneda nacional o extranjera a 2,500 USD (dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América).


Mediante la regla 3.4.12 que se adiciona a las RG COMEXT se precisa que por las mercancías cuyo valor exceda de 1,000 (mil) o 2,500 (dos mil quinientos) dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional o extranjera, según corresponda, podrán pagar las contribuciones respectivas en la aduana de Subteniente López, causadas por su introducción al resto del territorio nacional

Post date: 2024-06-11 00:05:47
Post date GMT: 2024-06-11 05:05:47
Post modified date: 2024-06-11 08:15:37
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